Las Cuentas De Los Servidores Públicos En Redes Sociales, Constituyen Una Fuente Importante De Información Para Los Ciudadanos.
La tesis aislada que analice esta semana, de numero "2020024", la cual desde mi punto de vista constituye un elemento importante para el cumplimiento y materialización del derecho fundamental contemplado en el articulo "6" constitucional, el famoso e importante derecho que constituye "la libertad de expresión". últimamente los servidores públicos a través de sus cuentas dan a saber a la comunidad acerca de sus actos oficiales y funciones que realizan en función de su cargo publico, pero al estos servidores públicos al notar una idea o comentario que cuestione y critique las acciones que realizan, algunos servidores públicos optan por bloquear esas personas de sus cuentas de redes sociales. esto según la tesis que lleva por titulo "REDES SOCIALES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. BLOQUEAR O NO PERMITIR EL ACCESO A UN USUARIO A LAS CUENTAS EN LAS QUE COMPARTEN INFORMACIÓN RELATIVA A SU GESTIÓN GUBERNAMENTAL SIN CAUSA JUSTIFICADA, ATENTA CONTRA LOS DERECHOS DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE ACCESO A LA INFORMACIÓN DE LA CIUDADANÍA". menciona esta tesis que ningún funcionario publico debe bloquear a ningún ciudadano de sus cuentas, porque así mismo atenta contra el derecho del ciudadano a estar informado y además viola su libertad de expresión.
Al bloquear algún ciudadano en alguna red social de un servidor publico inhibe y restringe el derecho del ciudadano a participar en la construcción continua de la democracia que hoy en día debe mas que nunca imperar, por lo tanto desde mi punto de vista personal al bloquear siendo servidor publico influyente en asuntos de relevancia política a un individuo, restringe sus derechos fundamentales de ser informado, consultado y tomado en cuenta para expresar una inconformidad respecto a la situación que le aqueje. esta tesis contituye una garantía mas para la protección de los derechos democráticos y políticos de los ciudadanos.