sábado, 12 de octubre de 2019

Bullying Escolar y El Interes Superior de la Niñez, En Los Centros Escolares. 

El pasado viernes analice la tesis aislada numero "2010348", de la primera sala de la suprema corte de justicia de la nación, que puntualiza lo siguiente "Deberes de los centros escolares frente al bullying escolar". esta interpretación es especial porque asegura en un encuadre jurídico la actuación que deberían tomar los centros escolares en cuanto a temas que afecten el desarrollo de cualquier niño y/o adolescente en materia de violencia y acoso escolar.

el acoso escolar es una tendencia que sigue creciendo cada vez de forma mas rápida y en ocasiones las autoridades de los centros educativos están incapacitadas u omiten un actuar en contra de estas situaciones que viven los niños y jóvenes del pais. es importante tomar en cuenta que estas transgresiones y omisiones de la autoridad escolar afectan a un desarrollo pleno del individuo y consigo se encuentra en un estado de vulnerabilidad su "interes superior de la niñez o del menor", esta situación provoca desconfianza en los padres de familia y los jóvenes y niños vulnerados para poder actuar en contra de la situación que los hace mermar de un pleno desarrollo educativo y vulnera su capacidad de goce respecto al derecho de tener una educación de calidad, por ello considero importante esta interpretación que da la suprema corte, debido a que no hay un protocolo o ley establecida formal y tácitamente para procurar la protección de menores que se encuentren en riesgo de sufrir por violencia escolar en los centro educativos, además que proporciona y otorga obligatoriedad para que las autoridades escolares tomen conciencia y formen parte de las medidas a tomar para evitar este tipo de conductas que merman el optimo desarrollo del menor.

Las autoridades escolares que son ineficaces en las tareas y acciones para prevenir y solucionar dicha violencia tienen un fundamento legal que otorga obligatoriedad para que estas autoridades actúen conforme al estado de derecho y procuren desde los dos papeles "agresor y victima", su interes superior de la niñez, esta interpretación les otorgara confianza plena y legalidad a los padres de familia que busquen algún apoyo legal o quieran tomar una acción legal para que fundamentes y sustenten sus peticiones ate la autoridad competente. por ello comparto esta decisión favorable de la suprema corte para que las autoridades escolares y toda aquella persona que tenga a su cuidado a menores procure y vele siempre por ese interes.

Aunque destaco me preocupa y me siento un poco desanimado por el hecho de que esta interpretación no pueda ser accesible para cualquier individuo que no tenga noción o algún conocimiento básico sobre la ley y además en lo personal me preocupa su difusión o errónea de la misma debido a que he observado que algunas autoridades escolares y este fenómeno se da mas en escuelas de escolaridad primaria y secundaria "básica", no tienen un conocimiento pleno, ni básico sobre lo que realmente deben hacer y formar parte en este ejercicio, campaña y actuación en contra del acoso escolar. por ello es importante destacar aunque sea por este medio esta interpretación.

No hay comentarios:

Publicar un comentario